Regionales

VEDA DEL SURUBI

Rige la veda del surubi pintado y atigrado

Del 1° de noviembre hasta el 31 de diciembre inclusive, rige la veda del surbi pintado y atigrado

Resolución Nº168/2005, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212.

Dejemos que se reproduzca, cuidemos nuestras especies.

También están vigentes las disposiciones de veda para las siguientes especies:

>> Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722)

>> Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)

>> Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)

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